El Consejo de ministros aprobó el pasado mes de agosto el programa PREE 5000, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, por el que se regulan las subvenciones a otorgar a actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes,

Según el IDEA, el parque de edificios español consume en la actualidad el 30% de la energía final y existe un parque de viviendas que no está dotado de instalación de calefacción. Por lo que se cuenta con un importante potencial de ahorro y de incorporación de energías renovables.

A pesar de que aún no se haya hecho pública la convocatoria, el plazo de presentación es hasta el 31/12/2023 y hay presupuestado un total de 5,65 millones de euros para Andalucía, sin límite de presupuesto por proyecto, por ahora.

Dentro de los municipios de menos de 5.000 habitantes, los destinatarios para estas ayudas pueden ser:

  • Personas físicas o jurídicas propietarias de edificios existentes destinados a cualquier uso.
  • Comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residencial de uso vivienda.
  • Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, y empresas de servicios energéticos o proveedores de servicios energéticos.
  • Entidades locales y el sector público institucional de las administraciones públicas.
  • Comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.

Al programa PREE 5000 se puede solicitar ayuda para todas aquellas actuaciones que impliquen mejorar la eficiencia energética

  • Mejora de la envolvente térmica: el cambio de ventanas por unas nuevas de altas prestaciones sería una de las actuaciones contempladas en este apartado.
  • Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas: sustituir energía convencional por energía solar y/o geotérmica, por ejemplo.
  • Mejora de las instalaciones de iluminación: actuaciones con las que se justifique una reducción del 30% en el consumo de energía primera no renovable y alcancen un salto de una letra en las emisiones de dióxido de carbono con respecto a la situación de partida. Mejora de la envolvente térmica: el cambio de ventanas por unas nuevas de altas prestaciones sería una de las actuaciones contempladas en este apartado. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas: sustituir energía convencional por energía solar y/o geotérmica, por ejemplo. Mejora de las instalaciones de iluminación: actuaciones con las que se justifique una reducción del 30% en el consumo de energía primera no renovable y alcancen un salto de una letra en las emisiones de dióxido de carbono con respecto a la situación de partida.

Por otro lado, las actuaciones subvencionables serán actuaciones en edificios completos de los siguientes usos:

  • Edificios de vivienda unifamiliar.
  • Edificios de tipología residencial colectiva de vivienda;
  • Edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc).
  • Excepcionalmente, en atención a la tipología edificatoria o a las características climáticas, las comunidades podrán permitir en sus convocatorias considerar subvencionables las actuaciones sobre una o varias viviendas o locales del mismo edificio, consideradas individualmente o sobre partes de un edificio.

La cuantía de las ayudas base contempladas en el Programa PREE 5000 para actuaciones en edificios completos será:

  • para la tipología de mejora de la envolvente del 50%,
  • actuaciones en mejora de las instalaciones térmicas del 40%
  • mejoras de eficiencia energética en instalaciones de iluminación la ayuda será del 20%

En caso de que se opte por rehabilitaciones en viviendas o locales individuales dentro de edificios, este porcentaje de ayuda pasa a ser del 40%, 30% y 20%.

Así mismo, tendrán derecho a una ayuda adicional por mejora de la eficiencia energética, aquellas actuaciones que eleven la calificación energética del edificio para obtener una clase energética «A» o «B», en la escala de CO2, o bien, incrementen en dos letras la calificación energética de partida. Además, tendrán derecho a ayudas adicionales  las actuaciones integradas; es decir las que combinen simultáneamente dos o más tipologías, siendo una de ellas  sobre la envolvente térmica que implique  una disminución de la demanda del 30%  en climatización, combinada  con otra  actuación, bien sobre la instalación térmica  que suponga , al menos, la sustitución del 60% de la potencia de la generación  térmica existente; o bien  sobre la iluminación, en el caso de los edificios de uso diferente a la vivienda, que suponga la renovación de más de un 25% de la superficie iluminada.

Desde el departamento de consultoría de EMC se trabaja de cara a la publicación de estas ayudas, que se mostrarán en el Observatorio de subvenciones y licitaciones.

Compartir post

  • Icon List Item
  • Icon List Item
  • Icon List Item