Se han aprobado las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones en concurrencia no competitiva para la implantación de soluciones de transformación digital y/o estrategias de marketing digital. Están dirigidas a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias, personas mutualistas y diversas entidades de economía social.
Aún está pendiente que se abra el plazo para las solicitudes, pero sí se pueden avanzar las líneas más importantes de estas ayudas.
Hay dos modalidades con diferentes beneficiarios cada una:
- Modalidad A: Implantación y desarrollo de soluciones de transformación digital en la gestión empresarial. (Beneficiarios: personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias y mutualistas).
- Modalidad B: Incorporación de estrategias de marketing digital en la actividad de la empresa. (Beneficiarios: las sociedades cooperativas andaluzas y sociedades laborales de Andalucía).
Cuantía de las subvenciones:
Los proyectos de cada modalidad serán subvencionables al 100% en una cuantía mínima de 1.000 euros y una máxima de 6.000 euros, impuesto sobre el Valor Añadido excluido
Anticipo:
La previsión que se hace es que la transformación digital del trabajador autónomo se pueda iniciar sin ninguna inversión inicial, facilitándole el anticipo del 100% del importe máximo subvencionado, y en un momento posterior, su justificación. Se anticipará el dinero en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la fecha de aceptación de la subvención del 100% de la cuantía concedida.
Finalidad:
Contribuir a la modernización digital, mejora de la competitividad, fomentando la innovación y el desarrollo tecnológico en la gestión empresarial, avanzando hacia una economía digital.
Memorias técnicas del proyecto:
Ha de contener el diagnóstico del problema a resolver, la descripción de las actuaciones a desarrollar, objetivos que se persiguen, resultados a alcanzar y coste económico de las actuaciones.